Derecho de retención por Rocío Sáez
Quiero comenzar mi primera aportación a este blog hablando del Derecho de Retención ya que en mi trabajo como Agente he tenido varias experiencias negativas en este campo, en sucesivas intervenciones iré explicando otros temas en su mayoría jurídicos que nos afectan a abogados y agentes la hora de de desempeñar nuestro trabajo.
EL Derecho de Retención viene recogido en el Reglamento de la RFEF y establece que todo jugador queda retenido por su club si al pasar de categoría su club tiene un equipo en superior categoría.
Así pues, se plantea un problema cotidiano en el mundo del futbol, vemos cada verano los dilemas que surgen en relación con la retención, este derecho a favor del club puede convertirse en una vinculación interminable del futbolista con el club, ya que un jugador en último año de cadete, puede estar retenido por su club los tres años de categoría juvenil (salvo en Madrid y Cataluña, que quedan libres) y un jugador en último año de juvenil tiene otros dos años de retención en categoría senior ( en algunas comunidades un año, ya que es una de las competencias cedidas a las Federaciones territoriales, y habría que remitirse a su reglamento interno).
Para poder ejercer la retención el club deberá comunicarlo a la federación antes del 31 de agosto, si a esa fecha no ha ejercido su derecho el jugador quedará libre.
En definitiva, un jugador cadete de 2º año puede estar retenido por su club “5 años más” , ¿Qué solución cabe para evitarlo?
Mi consejo a efectos prácticos y para evitar problemas futuros:
- Que el jugador firme su ficha con la carta de libertad en la mano, o que en la ficha de juvenil se especifique que queda vinculado al club sólo por una temporada.
El problema más común, es que los clubes suelen aprovecharse del desconocimiento de la normativa por parte de los padres de los jugadores.
¿Cuál es el objetivo del Derecho de Retención según la RFEF?
Según comenta Pedro Varas, abogado de la RFEF, la Retención puede tener varias interpretaciones: en unos casos será injusto para el futbolista que quiere irse a otro club y crecer deportivamente, y en otros sería injusto que el club que lo ha estado formando perdiera los derechos sobre el jugador.
En definitiva la RFEF justifica el Derecho de Retención como medida de protección de los clubes pequeños sobre los grandes.
¿ Qué podemos hacer para romper ese derecho de Retención?
Una vez ejercido el Derecho de retención por parte del club al que pertenece el jugador, la única solución para su salida es que otro club le haga un contrato de jugador Profesional, que a día de hoy también puede hacerse a jugadores juveniles.
En estos casos es el Comité Jurisdiccional de la RFEF quién establece la indemnización a pagar a los clubes formadores.
Desde mi punto de vista, considero que no es ético retener a un chico de los 15 a los 21 años si esa no es su voluntad, no quiero decir con esto que el club formador se desprenda del jugador sin más, simplemente que piense en la mejor proyección deportiva del futbolista y colabore para una solución lógica y buena para todas las partes, la negativa sólo llevaría al descontento y bajo rendimiento del jugador que se queda en un club en contra de de su voluntad.
Creo que el Comité Jurisdiccional debería revisar cada caso concreto que se le somete para solución para obtener sentencias más justas y equitativas.
ROCÍO SÁEZ CÁNOVAS
ABOGADA SOCCER SPORT INTERNATIONAL.
AGENTE RFEF: 666.